El día 05/06/20 se dio amplia circulación de la información que el equipo técnico vinculado a la Coordinación de Salud de las Mujeres, del Ministerio de la Salud, había sido destituido en razón de la publicación de una nota técnica que trata del acceso a la salud sexual y a la salud reproductiva en el contexto de la pandemia de la COVID-19 (Nota Técnica nº 16/2020-COSMU/CGCIVI/DAPES/SAPS/MS).
La destitución fue confirmada en la edición número 107, del día 05/06/2020 del Diario Oficial de la Unión. Flávia Andrade Fialho, coordinadora de la Salud de las Mujeres y Danilo Campos da Luz, coordinador de Salud del hombre, ambos de la Coordinación- general de Ciclos de la Vida de la Secretaría de Atención Primaria a la Salud, tuvieron sus destituciones publicadas en el Diario Oficial de la Unión del viernes (Portarias nº 1.489 y nº 1.490, de 4 de junio de 2020).
El presidente de la República, por medio de las redes sociales, se manifestó de manera contraria a la Nota Técnica en cuestión, afirmando tratarse de tema del aborto. Además, mencionó que el Ministerio de la Salud cumple con la legislación nacional y es contrario a la legalización del aborto.
Considerando los fatos señalados, las organizaciones de la sociedad civil infra-firmadas presentan su completo repudio a la destitución del equipo técnico vinculado a la coordinación de la Salud de las Mujeres, así como a la manifestación del Presidente de la Republica en sus redes sociales.
Se observa, que la nota técnica trata de la necesidad de garantizar el acceso integral a la Salud de la Mujer, Salud Sexual y reproductiva (SSSR). En ese sentido, la nota propone un abordaje multifacético envolviendo el acceso a la información y educación en salud, el derecho al planeamiento reproductivo y a la utilización de las tecnologías para garantizar el acceso integral a la Salud de la Mujer en el contexto de la pandemia.
Al abordar la cuestión del aborto, la nota hace referencia específicamente a los casos previsto en la ley. En Brasil son tres las situaciones de aborto legalmente previstos: en casos de riesgo de vida para la mujer como consecuencia de la gestación (artículo 128, I, del Código Penal Brasileño); en caso de embarazo resultante de una violación (artículo 128, II, del Código Penal Brasileño); y en los casos de feto anencéfalo (decisión de la Corte Suprema – Supremo Tribunal Federal – en la ADPPF 54).
Debido a la previsión normativa para los casos de aborto legal en Brasil, es responsabilidad del poder executivo, incluso del Ministerio de la Salud, desenvolver políticas públicas que viabilicen su realización. Obligación establecida por el principio de la separación de los poderes, en que el Poder Executivo debe garantizar la aplicación de las leyes aprobadas por el poder Legislativo y el cumplimento de las decisiones proferidas por el poder judiciario.
En una situación extraordinaria como la que vivimos, debido a la pandemia del COVID-19, es todavía más urgente asegurar a todas las mujeres el efectivo acceso a un sistema integral de salud. Como ya mencionado en la nota técnica, es fundamental que ese Sistema Único de Salud (SUS) garantice el acceso a todas a las mujeres, para que no se profundice aún más, el escenario de desigualdades en el país. Eso porque, el derecho a la salud – incluyendo la salud sexual y reproductiva-, es un derecho fundamental, previsto en la Constitución Federal de 1988 (artículos 6º y 196) y por eso, debe estar disponible a todas a las mujeres. El derecho a la salud es deber del Estado y de todos los poderes públicos, garantizada por las políticas públicas, sociales y económicas, como enunciadas en la nota técnica.
Además, la garantía al acceso a un sistema de salud integral de la mujer no debe ser condicionado a las pautas de funcionamiento de los gobiernos, pero una obligación del Estado Brasileño con sus ciudadanos y ciudadanas, reconocida por la Constitución Federal y por los Tratados y Acuerdos internacionales de los cuales el Brasil hace parte – con destaque para la Convención Americana de Derechos Humanos.
Cabe resaltar que la nota técnica, cumple literalmente la recomendación de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), publicada en su informe sobre la Pandemia y los Derechos Humanos en las Américas. En esa ocasión la CIDH reconoció expresamente la responsabilidad de los Estados en garantizar la disponibilidad y continuidad de los servicios de salud sexual y reproductiva durante la crisis motivada por la pandemia, fortaleciendo, en particular, las medidas de educación sexual integral y de diseminación de informaciones por medios accesibles y con un leguaje adecuado, con el objetivo de alcance de toda la diversidad de mujeres.
Por todos los motivos presentados, las organizaciones que firman en conjunto esa nota demuestran su repudio con la destitución del equipo técnico vinculado a la Coordinación de Salud de las Mujeres del Ministerio de la Salud, porque se concluye que el equipo cumplía sus obligaciones funcionales, de acuerdo con los preceptos constitucionales y con los Tratados internacionales.
*Obligatorio
Assinam a nota:
Plataforma Raquel Ajuda
Assessoria Popular Maria Felipa ( Minas Gerais)
She’sTech
Empodera teen
Asibama
Sindute
SEDF
FemmeIT
EIG - Evangélicas pela Igualdade de Gênero
Mulheres em Reconstrução assistidas pelo Cerna
COLETIVO RESISTÊNCIA - BAHIA
Frente Estadual Desencarcera MG
Setorial Jurídico PSOL SP
Movimento das Mulheres do PT
Associação Mulheres Progressistas
Força do Amor
APLB
Fundación Desafío
NEPO/UNICAMP
SOGESP
LUNA CRECIENTE
Saúde da mulher
CEBES
Mulheres da CONEN (Coordenação Nacional de Entidades Negras)
UBM Ilhéus
Profesoras universitarias feministas Sinverguenza (ALAMES CLACSO)
Saúde Reprodutiva em Rede
Movimento setenta por cento
Corporación de Estudios de la Mujer Ecuador
Associação Brasileira de Obstetrizes e Enfermeiros Obstetras do Estado de São Paulo
Escola de Enfermagem da Universidade de São Paulo
Saúde para todos
Rede feminista de Itabuna
Rede de Enfrentamento a Violência Contra Mulher do Alto Jequitinhonha (Rede de Mulheres do Alto Jequitinhonha)
Soweto Organização Negra
SOGESP (Associação de Obstetrícia e Ginecologia do Estado de São Paulo)
R-Ladies Belo Horizonte
Rede de Mulheres Negras de Minas Gerais
Ascumha / Associação Sociocultural da Comunidade de Meia Hora
Vote nelas
Flor amarela
Frente Regional ABC de enfrentamento à violência contra as mulheres
Movimento de Mulheres Olga Benario
Muitas Psi Coletiva Feminista
ALMEM - Associação de Luta Por Moradia Estrela da Manhã
Muitaspsi
Associação dos moradores Ecopraca e Ecobosque João Pessoa/PB
Grupo Mulheres do Brasil
Grupo Maria Bonita
FORUM FEMINIsta
Oficinas Kinoforum
Niketche: transformando realidades
Frente Feminista de Londrina
Associacao Brasileira dos Operadores Aeromedicos
Mulheres Coletivas
UMA - União de Mulheres Advogadas
Associação brasileira de Obstetrizes e Enfermeiros Obstetras
UBM Minas Gerais
Mulheres na Politica de Poços de Caldas
União Brasileira de Mulheres - UBM
FioCruz - ENSP
Coletivo Marielle Franco Londrina
Mendonça e Marujo Advogados
Mulheres Explicam Direito
Movimento de apoio às políticas públicas.
Labedusex Udesc
Movimento de saúde zona leste/ coletivo Cidadania Ativa
Elas Pedem Vista